La comisión de la mujer e igualdad de género de la Asamblea Legislativa, acordó emitir un dictamen favorable para reformar los artículos 50 y 51 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), con el propósito de aumentar las penas carcelarias contra las personas que difundan información o pornografía que atente contra las mujeres sin consentimiento.
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Actualmente el artículo 50 dicta una pena de entre uno a tres años de cárcel por la difusión de información sin consentimiento que dañe la integridad de la mujer sin embargo, con esta reforma las penas carcelarias se incrementarán de tres a cinco años, dependiendo de diversos factores.
“Además de aumentarse la pena en el artículo 51, estamos agregando un agravante de que cuando el material pornográfico se produjere u obtuviere aprovechándose de una relación sentimental la sanción será aumentada”, indica la diputada y presidenta de la comisión, Alexia Rivas.
Rivas añade que al establecer una normativa como esta, se espera que las personas piensen dos veces antes de difundir pornografía porque, según la diputada, ahora, se tendrán que enfrentar a las consecuencias legales.